Page 96 - Rosario Corinto 11
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Marcial D. Alarcón Martínez
Cofrade murciano y rodense
CEO Sierra y Moreno-ASEMUR
Hablábamos en el artículo anterior sobre los ASPECTOS FISCALES DE LAS HER-
MANDADES Y COFRADIAS I, del Impuesto sobre el Valor Añadido, haciendo
referencia a que nuestras corpo-
raciones no están ajenas, no ya tanto a soportar-
lo, sino a la obligación en algunos casos a reper-
cutirlo y por lo tanto a realizar las declaraciones
correspondientes de este impuesto en lo concer-
niente a las operaciones denominadas actividad
económica.
No menos importante es el IMPUESTO
SOBRE SOCIEDADES que grava los rendi-
mientos no exentos de nuestras asociaciones y
que en muchos de los casos su presentación es
obligatoria, hecho que como veremos más ade-
lante se da en muchas ocasiones, obviando por
parte de muchas de nuestras corporaciones su
presentación, lo que podría conllevar la prácti-
ca de sanciones por parte de la Administración
competente en dicha materia.
Seguiré un esquema de presentación de
dicho impuesto desarrollando el siguiente orden
esquemático para una mayor y mejor entendimiento por parte de todos, sobre todo de aquellos
menos acostumbrados a los textos tributarios.
El orden será el siguiente:
1. Personalidad jurídica de las Hermandades y Cofradías.
2. Obligaciones tributarias. IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES.
3. Obligaciones contables. Normas de la Iglesia y del Estado español.
4. Ley del Impuesto sobre Sociedades. Régimen de las Entidades parcialmente exentas.
5. Ley 49/2002, de Entidades sin ánimo de lucro y del Mecenazgo.
6. Desarrollo de un ejemplo práctico y la liquidación del Impuesto sobre Sociedades
desde las dos opciones contempladas.
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